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Hoy a la mañana me llama un abogado para negociar que haga de perito sobre una demanda por derechos de autor. Tiene que ver con «transformación de obra» y «plagio». Estuvimos discutiendo, le dije que el «resumen» que se había presentado no era legal ya que no tenía la autorización de sus autores originales. Me respondió que estaba equivocado, que según el artículo 11 de la LPI, a esta persona le correspondía derechos de autor, y que no hacía falta autorización del autor del libro original.