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Hablando sobre la ley Sinde

diciembre 31, 2011

En Genbeta publicaron un buen artículo (por el trabajo de resumir) de preguntas sobre la ley Sinde que nos hicieron a varios: Hablamos con Jesús Encinar, Ricardo Galli, Julio Alonso, David Maeztu, Juan Goméz-Jurado y Enrique Dans sobre la Ley Sinde.

A continuación, las preguntas y mis respuestas completas.

Como informático: ¿Podrías explicarnos brevemente cómo puede la comisión cerrar webs? ¿Y si son extranjeras?

Si el servidor está en una empresa con sede en España, solicitarán la suspensión del servicio. El proveedor no se puede negar, sería desobediencia.

De forma más general, sirve para empresas en el extranjero, el juez puede solicitar que se bloquee el DNS o la dirección IP. El bloqueo del DNS es muy fácil de saltárselo usando OpenDNS, o los DNS de Google, aunque generarían molestias a los usuarios “no habituales”. El bloqueo de IPs es algo más complicado, ya que puede afectar a terceros con servidores o balanceadores de carga compartidos.

Está claro que, económicamente, los proveedores de hosting españoles serán los más perjudicados: es más seguro estar en un proveedor extranjero.

¿Hasta qué punto puede ser efectiva la Ley Sinde en su propósito?

Será sólo efectiva como mecanismo de intimidación, la mayoría hará caso y borrará enlaces. Pero si se niegan, entonces pasará al juez para que obligue a los proveedores u operadoras a bloquear el acceso. Pero no está nada claro que los jueces tengan el mismo criterio y hagan caso a la comisión.

Es importante recalcarlo, es, sobre todo, un mecanismo de intimidación, pero no está asegurada su definición judicial en caso que de resistencia a esa intimidación.

De cualquier forma, cambiar de DNS, incluso cambiar de IPs periódicamente, es molesto, pero no tan complicado. Además la “ley Sinde”, y su reglamento, parecen estar diseñados para sitios web, sería muy sencillo distribuir programas con conexión cifrada (SSL) para bajar textos HTML con protocolos diferentes. Será interesante, y casi divertido, ver como florecerán estas soluciones.

Una de las cosas que se comenta sobre la ley es que podría contra la libertad de expresión. ¿Cómo podría hacerse esto con una ley antidescargas? 

Un enlace es sólo un texto, muy breve, que por sí mismo es neutral, sólo caracteres. No obliga a nadie a seguirlo, o bajar el contenido del otro sitio, o que implique lucro para la empresa que administra el el sitio web. Hay sitios donde diariamente se publican miles (Menéame, fotos, blogs, medios), o millones (Twitter) de comentarios con enlaces, forma parte de la “comunicación básica entre personas”.

Pero una comisión administrativa puede decidir que deben ser eliminados. Afecta a derechos -de comunicación- de los usuarios, y de los administradores de esos sitios. Estos últimos pueden terminar pagando un coste enorme -como el cierre del sitio- por un texto brevísimo que escribió un tercero, y al que te has negado eliminar.

Otro caso personal, reciente. Hace unos días escribí una crítica contra una boicot que pedía retirar un libro de las librerías: http://gallir.wordpress.com/2011/12/27/es-dificil-controlar-a-nuestro-enano-autocrata/ Al final del apunte puse un enlace al PDF con el texto del mencionado libro, con la intención de enseñar que no había nada delictivo en él. Pero una comisión administrativa podría decidir que debo eliminarlo ¿hay otro país democrático donde pueda ocurrir algo similar?

¿Hasta qué punto afecta la Ley Sinde a aquellos que quieran crear una nueva empresa en Internet?

Te doy un caso concreto, muy cercano y aplicable a cientos de sitios y foros. Los usuarios de Menéame a veces ponen enlaces a sitios de descarga directa, o índices bittorrent. Nos pueden denunciar a la comisión, ésta nos envía la orden para eliminar los enlaces, ¿qué hacemos?

Los abogados no son baratos, y menos en estas cuestiones donde te juegas el futuro de la empresa. Pero irán normalmente a lo seguro (si hubiésemos hecho caso a nuestros abogados, Menéame no permitiría ni comentarios), nos aconsejarán que los borremos.

Si los borramos, tendremos a cientos de usuarios poniendo los mismos enlaces. Si los borramos sistemáticamente, rebelión y abandono. Los usuarios de “foros públicos” de terceros esperan, y exigen, un compromiso de los administradores. Si no se cumplen, se marcharán. Si Menéame haciese caso a la Comisión, sería casi una sentencia de muerte.

La otra opción es que nos neguemos, y entonces pase al juez… ¿qué pasará? Nadie lo sabe. Nadie.

Una enorme inseguridad jurídica, sólo solucionable si eliminas todo lo que te pidan. Esto tiene costes económicos y de oportunidad importantes. Además, se dan ventajas a empresas extranjeras y con recursos (fundamentalmente Facebook, Twitter y Google) para evitar los efectos de la ley Sinde.

Parece más una idea de “Economía Insostenible”.

¿Podrías dar una idea o propuesta, alternativa a la Ley Sinde, para evitar las llamadas descargas ilegales?

En primer lugar, niego la mayor: las descargas, ¿están tipificadas como ilegales en el Código Penal o en la Ley de Propiedad Intelectual? Entonces hay que evitar el término “ilegal” (como hizo la vicepresidenta en la conferencia de prensa del Consejo de Ministros).

En todo caso, ¿es posible evitar que unos pocos se lucren con la obra de terceros que no reciben ninguna compensación? Claro que es posible, por ejemplo vía “competencia desleal”, o “estafa”, nuestras leyes lo permiten (y se usan). Pero claro, eso no lo intentan, porque es más costoso y menos “ejemplarizante”.

Además, no entiendo otra cosa, si dicen que son 200 sitios ¿cuánto facturan esos sitios? ¿cuánta es la estimación de incremento de ventas si esos sitios finalmente cierran? (¿y cuánto dinero se gastó en todo este proceso?). Nunca han dado esos números o previsiones.

La ley Sinde es sólo un paso más para hacer ilegales las descargas vía Código Penal. Si no lo hicieron antes es por el enorme coste político, porque deberían eliminar toda compensación (canon digital, o sucedáneo), y porque saben muy bien que en EEUU no funcionó y tuvieron que renunciar a demandar a los usuarios.

De todas maneras, los grupos de presión avanzan si pausa, y que no se note demasiado, como el chiste del elefante, la hormiga y la saliva. En dos o tres años estarán reclamando leyes más duras, porque la ley Sinde no funcionó. Coincide con un gobierno con enorme mayoría absoluta, el cóctel perfecto.

Espero estar equivocado.

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Categorías:cultura, legales Etiquetas: ,
  1. diciembre 31, 2011 a las 1:33 pm | #1

    Debería asombrarme que, en tiempos de crisis, se genere más inseguridad jurídica a los emprendedores.

  2. enero 1, 2012 a las 1:21 pm | #2

    Me siento seguroooo…

  3. enero 1, 2012 a las 7:54 pm | #3

    Es la hora de centralizar el debate, de que haya un único sitio (un único foro, una única web, lo que sea) donde se recojan todas las aportaciones de los que estamos en este debate, desde David Bravo, Javier de la Cueva, Enrique Dans, Pepe Cervera, Ricardo Galli, Antonio Delgado, David de Ugarte, Juan Varela, la gente de APEMIT, los administradores de epubgratis, los miembros de El Cosmonauta, del Partido Pirata… hasta el resto de cientos sino miles de ciudadanos capaces de aportar calidad a la discusión. Un sitio donde haya unas faqs, donde si quiero el enlace al informe de la LES que dice que el P2P no perjudica a la industria de los contenidos lo tenga, o el manual de desobediencia a la Ley Sinde de Hacktivistas, o un manual de autoedición para músicos, o la sentencia del caso sharemula. Un sitio donde se centralice el debate, desde el que se pueda hacer pedagogía, y donde vean la luz las inciativas como #nolesvotes, #redresiste, etc. Recursos, información, análisis y comunidad. Yo creo que la respuesta pasa por aquí, pero ¿qué puedo hacer yo al respecto? No tendría ni idea de cómo hacerlo y ¿a quién le va a importar si las únicas opiniones allí son las mías? Sólo gente como Ricardo, que tienen mucho impacto en la red, pueden hacer algo así y que funcione. Ricardo, ¿alguna posibilidad de que pase?

  4. enero 2, 2012 a las 8:28 pm | #4

    Lo que me hace pensar esta ley es que en vez de facilitar que la gente adquiera más música, películas, libros, etc, va a agudizar el ingenio de los creadores de páginas de enlaces.

    Mi opinión es que el bloqueo se va a producir sobre el dominio, por lo que va a empezar a ser frecuence el uso de distintos dominos para la misma estructura web. El alojamiento se hará fuera de nuestras fronteras.

    Por otro lado, me gustaría preguntarle a Ricardo sobre este sistema:
    Sistema combinado:
    Una página web pone películas, series, libros o lo que sea pero en vez de poner los enlaces ponen claves (keys) Otra página que nada tiene que ver actúa de buscador y relaciona la clave con un enlace.

    ¿Sería alguna de las dos webs sancionable según la ley actual?

    Por cierto, aprovecho para felicitarte. Este es mi primer mensaje y he encontrado tu blog porque estoy estudiando EC2 para mi PFC. Tus explicaciones sobre la estructura de Meneame son lecciones maestras.

  5. enero 4, 2012 a las 1:41 pm | #5

    Gracias por tus respuestas claras y explicativas. Saludos.

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